La entidad dispuso que los operadores de cambio «deberán dar estricto cumplimiento de las normas sanitarias para preservar la salud de clientes y trabajadores bancarios y no bancarios, garantizando la provisión al personal de todo material de seguridad e higiene necesario para poder desarrollar su tarea».
También se informó que las casas operativas ubicadas en jurisdicciones que se encuentren en la etapa de Distanciamiento social, preventivo y obligatorio deberán cumplir un protocolo: restringir el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad.
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