Queremos informarles sobre una nueva disposición que entra en vigor a partir del mes de enero. Se establece el pago de una compensación no remunerativa para cubrir gastos de cuidado de niños y niñas de entre 45 días y 3 años de edad (hasta cumplir los 4 años), o por asistencia a personas durante su jornada laboral, siempre y cuando se cuente con la documentación adecuada emitida por instituciones autorizadas.
Esta compensación mensual equivale al 40% del salario mensual, según la categoría «Asistencia y Cuidado de Personas» con modalidad de retiro, conforme a lo establecido en la Ley N° 26.844. Los detalles de este beneficio se reflejarán en su recibo de sueldo bajo el concepto de «adicional por guardería».
Durante las negociaciones, en representación de ASIJEMIN estuvieron presentes el secretario general, Marcelo Mena Muñoz, y Oscar Romillo, director regional del sur. Por parte de Minera Santa Cruz, participaron Néstor Rigamonti, gerente general, y Hernán Carrizo, gerente de recursos humanos.
Saludos cordiales,
Comisión Directiva Nacional
Delegación Regional Sur
Cuerpo de Delegados de Base Minera Santa Cruz